Nuevo permiso por nacimiento de hijo

Nuevo permiso por nacimiento de hijo

Nuevo permiso por nacimiento de hijo 1707 2560 R&A Asesores - Chiclana (Cádiz)

Desde julio de 2025 ha entrado en vigor una ampliación importante del permiso por nacimiento y cuidado de menor en España, derivada de la transposición de las directivas europeas sobre conciliación familiar y laboral.


📌 ¿A quiénes afecta?

Este permiso corresponde a todos los trabajadores por cuenta ajena y autónomos que estén afiliados y en alta en la Seguridad Social en casos de:

  • Nacimiento

  • Adopción

  • Guarda con fines de adopción

  • Acogimiento familiar

Cada progenitor tiene su propio derecho al permiso, no transferible.


👶 Duración del permiso y forma de disfrute

🔹 Permiso por nacimiento y cuidado del menor (familias con dos progenitores)

  • 19 semanas retribuidas por progenitor.

    • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento.

    • 11 semanas de disfrute flexible dentro del primer año.

    • 2 semanas adicionales retribuidas que pueden disfrutarse hasta que el menor cumpla 8 años.

🔹 Familias monoparentales

  • Pueden alcanzar hasta 32 semanas retribuidas en total, dada la ausencia de segundo progenitor y la necesidad de conciliación ampliada.


📅 Fechas de aplicación

Entrada en vigor

  • La ampliación principal del permiso entró en vigor el 31 de julio de 2025.

  • Aplica para nacimientos, adopciones y acogimientos desde esa fecha.

Retroactividad parcial

Las 2 semanas adicionales que pueden disfrutarse hasta los 8 años del menor tienen retroactividad para:

  • Menores nacidos, adoptados o acogidos desde el 2 de agosto de 2024.

  • Su disfrute podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.


📝 ¿Qué trámites debes realizar?

1️⃣ Comunicación a la empresa

Debes informar a tu empleador de las fechas de disfrute del permiso, especialmente si eliges distribuir semanas dentro del primer año.
Lo habitual es avisar con al menos 15 días de antelación, salvo que el convenio indique otra cosa.

2️⃣ Solicitud del permiso ante la Seguridad Social

La prestación económica se solicita al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), normalmente por vía electrónica mediante certificado digital o Cl@ve.
La Seguridad Social informará de los pasos adicionales para tramitar las 2 semanas extra disponibles desde 2026.


📞 ¿Necesitas ayuda?

Si tienes dudas sobre cómo aplicar este permiso en tu caso concreto, cómo gestionarlo en tu empresa o qué pasos seguir con la Seguridad Social, puedes ponerte en contacto con nosotros y te asesoraremos de forma personalizada.

En nuestra asesoría ponemos al alcance de todos nuestros clientes la solución a las necesidades que se presentan en la gestión de una empresa desde el trabajo más sencillo a las operaciones más complejas.

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